Desde hace casi 25 años, en virtud de una Orden del Departament de Sanitat i Seguretat Social de la Generalitat1, el Registro de Interrupción Voluntaria del Embarazo de Cataluña recoge datos de todas las interrupciones legales del embarazo que realizan los centros autorizados para esta práctica en Cataluña. Estos datos se consignan de manera anónima y son utilizados para la elaboración de las estadísticas oficiales de la Generalitat de Cataluña2, y posteriormente remitidas al Ministerio de Sanidad para su incorporación a la estadística española3, fuentes utilizadas en la mayoría de los estudios de su ámbito. La información sigue un proceso detallado de validación2 y, como todas las fuentes estadísticas públicas, está a disposición de instituciones, profesionales y público en general, sin ninguna distinción, y con la única condición de preservar el secreto estadístico impuesto por la ley4 tanto a quien los cede como a quien los utiliza. Además, se requiere a todos los usuarios de estos datos citar la fuente de origen cuando hagan públicos los resultados de sus trabajos, como es de ética realizar en todos los casos de utilización secundaria de datos primarios. En nuestra opinión, esta práctica beneficia de manera doble, a productores y usuarios de la información. En el primer caso, porque el uso de la información facilita su difusión, y a su vez permite detectar errores o necesidades de nuevos datos, lo que supone un acicate para sus productores en la mejora de su calidad. En el segundo, porque la especificación de la procedencia de la información, aparte de ser un signo de buena práctica profesional de los autores, otorga solvencia al material utilizado para sus estudios; más cuando los datos pueden ser comparables, no sólo localmente o en el ámbito regional sino en el conjunto del estado, como es el caso que nos ocupa, hecho que sin duda redundará en la validez externa de los resultados y las conclusiones de estos estudios.
Por este motivo nos sorprende la procedencia de los datos de uno de los artículos que se publican en su revista5, «el registro de IVE de la ciudad de Barcelona», cuando la referencia bibliográfica y la información que se proporciona corresponden al registro de Cataluña. Puesto que la estadística oficial facilita información de probada calidad sobre las interrupciones voluntarias del embarazo en Cataluña y España, resultaría como mínimo extraña la utilización de datos procedentes de otros registros, a no ser que contuvieran información distinta. Si esto fuera así, lo lógico sería que se especificaran las variables afectadas, los métodos de recogida y los procesos de validación, para que el lector conozca cuál es la exhaustividad y la calidad de la información de este otro registro. En cambio, si en realidad los datos correspondieran a la estadística oficial (tal como podría desprenderse de los agradecimientos y de las variables usadas), la mención correcta debería ser «los datos proceden del Registre d'Interrupció Voluntária de l'Embaràs de Catalunya», que corresponde a la cita mencionada2. Suponemos que se trata de un error u omisión, y por eso solicitamos a los autores su corrección o la información complementaria reseñada. En su forma actual, el manuscrito sugiere una atribución indebida de datos de terceros, y dada la ética y el rigor de la investigación que se desarrolla en nuestro entorno es una duda que habría que despejar.