NORMATIVA ANTITABACO: ¿QUÉ OCURRE EN LOS CENTROS ESCOLARES?
Autores: I Donate, E Arbesú*, J. García, C Mosquera.
Consejería de Sanidad, Asturias.
Consejería de Sanidad, Sección de Programas y Promoción de la Salud, C/ General Elorza 32,
33001 Oviedo.Tfno: 985106519. E-mail: drsp@salud.asturias.org
Antecedentes: En España existe una normativa de 1988 sobre limitaciones en la venta y consumo de tabaco que es la vigente en nuestra Comunidad Autónoma. Respecto a centros educativos dicha normativa prohíbe el consumo, excepto en áreas específicas, y la venta de tabaco. Además una normativa de 1982 exige a cada centro no universitario el establecimiento de una normativa propia.
Objetivo: Conocer la prevalencia de consumo visible de tabaco en los centros de Enseñanza Secundaria Obligatoria de Asturias y los aspectos concretos de la Ley que no se cumplen o se cumplen deficientemente.
Métodos: Estudio descriptivo transversal llevado a cabo durante el 2º trimestre del curso escolar 1998-99 en una muestra aleatoria de 60 centros, de un total de 116 (66% públicos y 34% privados). En horas lectivas se realizó entrevista al director/a sobre la existencia de normas antitabaco en el reglamento interno del centro y sobre las zonas en las que se permitía fumar. A continuación se realizó una observación independiente en las zonas que eran compartidas por fumadores y no fumadores, por alumnos y profesores: vestíbulo, pasillos/escaleras, aulas, aseos, sala de profesores, cafetería, conserjería, administración y patio. Se registró el consumo de tabaco (personas fumando o presencia de colillas), existencia de ceniceros y carteles de prohibido fumar y, en la cafetería, la venta de tabaco.
Resultados: Dos centros fueron reemplazados por rehusar participar en el estudio. El 70% de los centros estudiados eran públicos y el 30% privados. Fumaban el 29% de los directores. Existían normas antitabaco en el reglamento interno del 88% de los centros. En diez centros había zonas reservadas para fumadores, nueve para profesores y una para alumnos. En el 52% de las salas de profesores, en el 47% de las zonas exteriores y en el 42% de las cafeterías estaba permitido fumar, siendo zonas compartidas por fumadores y no fumadores y por alumnos y profesores. Se observaron un total de 508 zonas y había consumo en el 47% (IC 95%: 42-51), con un mayor consumo en cafetería (85%), exterior (81%), sala de profesores (73%) y vestíbulo (50%). Hubo una diferencia importante en el consumo entre centros públicos y privados (53% versus 29% de las zonas observadas). En el 32% de las zonas había ceniceros y en el 10% carteles de prohibido fumar; en 3 centros había cartel en la puerta de entrada. Sólo el 5% de los centros estaban libres de humo de tabaco.
Conclusiones: Aunque la mayoría de los centros tenían normas antitabaco los resultados indican que las mismas no se correspondían con la normativa vigente o no se cumplían. Que el número de centros con zonas reservadas para fumadores fuera tan pequeño estuvo influido por la ausencia de espacio disponible para tal efecto. El menor consumo observado en los centros privados se relacionó con la existencia de normas más estrictas y mayor exigencia en el cumplimiento. Se deben implantar medidas restrictivas del consumo, consensuadas con el consejo escolar y adaptadas a la situación de cada centro.